jueves, mayo 03, 2012

Rector UIS: entre su defensa y la reelección

Publicado en Vanguardia Liberal en mayo 2 de 2012


Haciendo referencia a “injerencias inaceptables” en la aplazada elección del Rector de la UIS, la muy respetada ingeniera Cecilia Reyes de León anotó en la pasada columna de la Fundación Participar: “Tan pronto se supo que el actual Rector aspiraba a su segunda reelección, salió a la luz pública de manera un tanto sospechosa la denuncia de su supuesta relación con paramilitares”. Como otros apreciados columnistas han expresado opiniones similares, vale la pena precisar los alcances del pliego de cargos que le formuló la Procuraduría al rector de la UIS.

Lo primero es que no estamos frente a una “denuncia”, sino ante el cierre de una investigación disciplinaria iniciada hace un año, después de la correspondiente indagación preliminar. Una vez concluida la investigación, el Código Disciplinario Único (artículo 161) prevé dos opciones: una, archivar la actuación. Otra, formular pliego de cargos contra el investigado. Para lo cual el artículo 162 establece: “Se formulará pliego de cargos cuando esté objetivamente demostrada la falta y exista prueba que comprometa la responsabilidad del investigado. Contra esta decisión no procede recurso alguno”.

Durante la investigación disciplinaria se recolectaron pruebas y se escuchó al Rector, en versión libre. Infortunadamente, en esta etapa del proceso, el Rector no logra aclarar el confuso incidente.

Por ejemplo, cuando le preguntan si denunció ante las autoridades competentes las tres o cuatro llamadas de paramilitar “Felix” sobre un “plan pistola”, el Rector responde que informó a su escolta.
Sin embargo, en declaración juramentada el escolta niega que haya sido informado por el Rector, ni por nadie. Para completar: un escolta no es autoridad competente; funcionarios advierten que “debió denunciar ante la Fiscalía General”.

Ahora, “omitir o retardar” la denuncia de delitos de los que se tenga conocimiento constituye una falta gravísima (artículo 48), que podría llevar a la destitución. Este es el segundo cargo contra el Rector, el primero es posible colaboración “con organizaciones armadas”, que tiene implicaciones penales.

 No se trata –entonces- de prejuzgar al Rector ni condenarlo, como se ha comentado. Simplemente se ha sugerido que el doctor Camacho debería -por su propio bien y el de la universidad- aplazar los afanes reeleccionistas y dedicarse de lleno a su defensa; ya que los cargos que se le formulan (de los que esperamos salga bien librado) son de alta complejidad.

No hay comentarios.: