domingo, junio 09, 2013

“Ecoparque”: ¿Un santísimo rosario de irregularidades?

Publicada en Vanguardia Liberal en junio 5 de 2013

Según la Gobernación, el cuestionado proyecto Cerro del Santísimo es “un desarrollo de turismo contemplativo, ecológico y religioso”. ¿En qué parte de la legislación (Sistema General de Regalías, SGR) se señala que las regalías pueden financiar “turismo religioso”?. Sobre todo, proyectos manejados por particulares.

El decreto 4923 de 2011 establece que las regalías se deben destinar –entre otros- a “propiciar la inversión en la restauración social y económica (y ambiental) de territorios donde se desarrollen actividades de exploración y explotación de recursos naturales no renovables”. Si hoy tenemos graves problemas sociales en zonas mineras y petroleras del departamento ¿por qué esos importantes recursos se destinan al “turismo contemplativo” y no a lo señalado por la legislación?

En columna de octubre 31 de 2012 señalaba que resultaba  difícil entender que, en medio de tantos problemas sociales, la gobernación pretendiera gastarse  45 mil millones en este proyecto cuando la legislación determina que estos recursos deben “propiciar la inversión hacia la población más pobre”.

En noviembre 14 de 2012 le preguntaba a la Procuraduría: ¿Puede la CDMB ser juez y parte del Cerro Santísimo? En ese momento la CDMB  era “socia activa y aportante del proyecto”. Hoy la CDMB ya no es socia sino que le vendió los terrenos al proyecto. La ley 99 establece que las Corporaciones pueden comprar terrenos “cuando sea necesario para el cumplimiento de sus funciones”. ¿Dónde dice que pueden vender estos terrenos a proyectos turísticos?

Sobre  la licencia ambiental que deben tramitar proyectos que afecten áreas protegidas, la  CDMB sostiene que el proyecto no requiere licencia pues el Distrito de Manejo Integrado (DMI) no ha sido homologado por la misma Corporación. Es decir, gracias a la negligencia de la CDMB (el decreto 2372 de 2010 fija un plazo de un año) el DMI no ha sido homologado y por ello concluyen que el proyecto no necesita licencia.
Grave, si consideramos que el proyecto se construirá en zona de riesgos “tanto de movimientos de tierra como sísmicos” (Ingeominas). La CDMB afirma que le otorgó concesión de aguas al proyecto. Pregunta: ¿Con base en cual índice de escasez?

La Contraloría, la Procuraduría y la Fiscalía tienen la palabra.

 

 

2 comentarios:

Unknown dijo...

Muy cierto! Deben comprar el terreno para el cumplimiento de sus funciones y no se deben vender para proyectos turísticos. Gran mensaje.

B&B Brugge                   

Unknown dijo...

Ingeniero un placer poder ver sus muy puntuales aportes, al respecto deseo comentarles q esta ud completamente enfocado y es valido que no se deben usar los recursos de esa manera, he acá el análisis, http://www.activolegal.com/web/index.php/noticias/actualidad/621-sistema-general-regalias-proyectos-inversion-gobierno-central espero pueda leerlo con calma y divulgarlo en su comunidad tanto académica como profesional, muy buen día